La Visa L1 es una visa de trabajo que se otorga a los ejecutivos o directores de una empresa extranjera que desean establecerse en los Estados Unidos para dirigir la sucursal, filial o subsidiaria de su compañía.
También es posible solicitar la visa L1 para empresas que todavía no fueron constituidas, pero para esto será necesario que se acredite en el expediente de radicación que el proyecto de constitución de la misma está en una instancia muy avanzada y que ya se ha encontrado el local para su funcionamiento.
Visa L1-A
Para ejecutivos y directores. No es requisito que el postulante esté actualmente trabajando como gerente, pero sí debe ser su puesto de trabajo designado al comenzar a trabajar en los Estados Unidos.
El postulante debe tener capacidad ejecutiva, lo que quiere decir que el empleado tomará decisiones importantes sin supervisión, como la puesta en práctica de planes y acciones.
Además, debe contar con capacidad gerencial, lo que quiere decir que el empleado supervisará y controlará el trabajo realizado por otros empleados profesionales que cuenten con al menos una licenciatura o nivel de educación equivalente al campo relacionado con el trabajo realizado y tiene capacidad de administrar a la organización en su totalidad o a un departamento de la misma.
Visa L1-B
Para profesionales con «habilidades especializadas».
Para calificar para una visa L-B, el solicitante debe demostrar que posee una habilidad especializada que es «muy valorada» en los Estados Unidos. Esta habilidad es entendida como el conocimiento acerca del producto, servicio, investigación u otros intereses de la empresa y la aplicación de estos conocimientos en los mercados internacionales. También se entiende por habilidad especializada al nivel avanzado o expertinio de conocimiento en los procesos y procedimientos de la organización.
Algunas de las ocupaciones que se consideran como habilidades especializadas son las siguientes: investigadores, ingenieros, contadores y médicos.
– El solicitante debe tener un puesto gerencial o ejecutivo en la empresa, o un tipo de conocimiento especializado.
– Debe haber trabajado para la misma compañía durante al menos un año de los tres previos a la solicitud de visa.
– La empresa extranjera en la que trabaja el solicitante debe establecerse legalmente en los Estados Unidos.
– La empresa extranjera y la sucursal, filial o subsidiaria estadounidense deben estar relacionadas de tal manera que la última sea considerada una extensión de la primera.
– El solicitante debe demostrar que tiene intención de regresar a su país de origen una vez que expire su visa.
– El solicitante debe cumplir con todos los requisitos de inmigración y visa de los Estados Unidos.
Existen dos situaciones distintas dependiendo la madurez de la empresa.
Para trabajadores de empresas emergentes, la validez es de 1 año. En cambio, para empleados de empresas que operan en los Estados Unidos desde hace más de 1 año, la validez inicial es de 3 años.
A su vez, en ambas situaciones, la visa L1 puede llegar a extender hasta 5 o 7 años, dependiendo de los conocimientos y puestos de los solicitantes.
Cuando es utilizada para la creación de empresas, la visa L-1 es considerada como una visa “new office L-1″.
Después del primer año en los EE.UU., el individuo debe demostrar que las operaciones han crecido hasta el punto en el cual se requiere un puesto gerencial o ejecutivo, o tener un tipo de conocimiento especializado para llevar a cabo dicho trabajo.
Para solicitar esta visa de trabajo, el empleador debe presentar en nombre del empleado un Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante, al Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS). Este formulario es utilizado por los empresarios para presentar la solicitud de ingreso a los Estados Unidos para uno de sus empleados no inmigrantes. Este permiso es temporal y permitirá que el empleado pueda trabajar y también recibir capacitaciones. Junto a este Formulario, debe también presentar el pago de la tarifa de $460 dólares.
El formulario I-129 se puede presentar por correo postal o a través del sistema en línea E-Filing. Si se utiliza el servicio E-Filing, se recibirá una confirmación electrónica que contiene un número de seguimiento (receipt number). Este formulario se utiliza también para solicitar la extensión de estadía o el cambio de estatus a alguna otra categoría de visa.
El empleador deberá guardar este número para poder rastrear el estado de la solicitud.
Una vez que se haya presentado correctamente el formulario I-129 y se haya pagado la tarifa, USCIS revisará la solicitud y determinará si se cumplen los requisitos para obtener la visa L-l.
Si USCIS aprueba la visa, emitirá una carta de aprobación llamada “Approval Notice” o “Notice of Action”. Este documento contiene el número de visa asignado al solicitante, la fecha de caducidad de la visa y otra información importante.
El solicitante deberá presentar esta carta junto con el pasaporte válido, fotografías recientes tamaño pasaporte, y un Formulario DS-160 (Solicitud de Visa No Inmigrante) confirmado al momento de programar una entrevista en la embajada o consulado norteamericano más cercano.
Es posible que se le pida que presente otros documentos durante la entrevista, tales como evidencia de que el solicitante cumple con los requisitos para obtener la visa L-l.
El oficial de visa determinará si el solicitante es elegible para recibir una visa de no inmigrante en base a los documentos presentados, las respuestas dadas durante la entrevista y toda otra información disponible.
En algunos casos, se puede pedir una “oferta de empleo” por parte del empleador estadounidense. Esta oferta debe incluir información detallada sobre el puesto de trabajo, los beneficios, el salario y otra compensación.
Estos son solo algunos documentos generales que se piden en el procedimiento. Sin embargo, puede que se le solicite documentación adicional si es necesario.
No existe un límite de visas que se puedan solicitar dentro de una empresa. De hecho, para agilizar este proceso, los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos permiten la creación de «paquetes» de peticiones L1. De esta manera, las empresas deberan presentar las peticiones individuales de cada uno de los trabajadores y estas serán evaluadas de manera singular, pero podrán presentarlas conjuntamente.
Para que el USCIS acepte incorporar todas las peticiones dentro de un paquete, deben:
El costo de la visa es pagado por el empleador, no por el solicitante.
Los cargos adicionales que incluyen los gastos médicos y la “Seguridad Social” también deben ser pagados directamente por el empleador.
El tiempo de procesamiento de la visa L1 varía según el país en el que se solicite y el centro de USCIS que esté manejando la solicitud.
En general, el procesamiento suele tomar aproximadamente entre 30 y 90 días.
De ser necesario, el USCIS puede enviar una notificación en la que requiere mayor documentación o evidencia para poder sustentar la solicitud de visa.
El procesamiento premium es un servicio opcional que ofrece USCIS para algunas de sus solicitudes.
Con el procesamiento premium, se puede reducir el tiempo de espera de respuesta de USCIS a 15 días o menos.
Sin embargo, este servicio tiene un costo adicional.
Para solicitar el procesamiento premium, es necesario completar el Formulario I-907 y presentarlo junto con el pago correspondiente.
Una vez que se haya recibido la confirmación de que se ha aceptado la solicitud de procesamiento premium, USCIS dará prioridad a la solicitud.
Los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años de edad pueden acompañar o reunirse con el titular de la visa L1 en los Estados Unidos.
Estos familiares podrán solicitar una visa de no inmigrante L2, que les permitirá estudiar, trabajar y vivir libremente en los Estados Unidos. Esta visa se otorga por la misma duración que el titular de la Visa L1.
Para que los cónyugues puedan trabajar en los Estados Unidos, es necesario que soliciten y obtengan un permiso de trabajo (Employment Authorization Document, EAD).
Para solicitar el permiso de trabajo, deben llenar y presentar el Formulario I-765.
Junto con este formulario, deben presentar también fotografías recientes tamaño pasaporte, copias del pasaporte y visa L1 del titular de la visa L1, así como la carta de aprobación del USCIS o “Approval Notice”.
Los hijos menores de 21 años de edad no necesitan solicitar un permiso para poder estudiar en los Estados Unidos. Sin embargo, si desean trabajar, deben solicitar y obtener el permiso de trabajo.
Por otro lado, los hijos mayores de 21 años no pueden ser considerados como “acompañantes” y deben solicitar su propia visa de no inmigrante si desean viajar a los Estados Unidos.
Es posible que los solicitantes de visa L1 que ya se encuentren en los Estados Unidos bajo otra visa de no inmigrante, puedan cambiar su estatus a visa L1 si cumplen con los requisitos.
Para hacer el cambio de estatus, el empleador deberá presentar un Formulario I-129 al USCIS y pagar la tarifa correspondiente.
La visa L1 puede ser extendida por periodos de 2 años hasta un máximo de 7 años, siempre y cuando el empleador continúe cumpliendo con los requisitos para la visa. Una vez que el titular de la visa L1 complete los 7 años en los Estados Unidos, habrá cumplido el tiempo máximo de permanencia permitido de acuerdo con su condición y deberá abandonar el país durante al menos un año antes de poder solicitar nuevamente la visa L1. La única manera posible en que podrá extender su tiempo en el país es recibiendo la condición de residente permanente de los Estados Unidos a través de la green card.
Esto significa que el solicitante puede solicitar la visa con el propósito de permanecer temporalmente en los Estados Unidos, pero también puede tener la intención de convertirse en residente permanente.
No obstante, es importante tener en cuenta que este proceso puede llevar varios años y que no se garantiza que se otorgue una green card.
No hay una inversión mínima específica que se deba realizar. Sin embargo, si el USCIS tiene dudas sobre la solvencia económica de la nueva subsidiaria o filial, puede requerir que se presenten evidencias de que esta tendrá los recursos financieros suficientes para operar en los Estados Unidos.
Además, también se debe presentar evidencia de que la nueva subsidiaria o filial está establecida para prestar el servicio o producto específico para el cual se le otorgó la visa L1.
Por último, también es importante mencionar que si la nueva subsidiaria o filial no cumple con los requisitos de solvencia económica y/o no está establecida para proporcionar el servicio solicitado, el USCIS puede revocar la visa L1 del representante extranjero.
El representante extranjero solo puede permanecer en los Estados Unidos mientras continúe trabajando para la subsidiaria o filial estadounidense.
Una vez que deje de trabajar para dicha empresa, también perderá su visa L1 y tendrá que abandonar los Estados Unidos.
En algunos casos, es posible que el representante extranjero pueda solicitar un cambio de visa a otro tipo de visa.
Sin embargo, esto será posible solo si cumple con los requisitos para dicha visa.
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